Las Áreas de Conservación Privada-ACP son aquellos predios de propiedad privada, de personas naturales o jurídicas, en cuyo ámbito se encuentran muestras representativas del ecosistema natural característico del entorno en que se ubican, y que por iniciativa propia y en forma voluntaria, son conservados por sus propietarios.
Estas áreas son reconocidas por el Estado peruano, por el Ministerio del Ambiente. En este sentido, las ACP constituyen un instrumento que permite involucrar directamente a personas, familias, comunidades, organizaciones, empresas y/o cualquier entidad privada que sea titular de un derecho de propiedad, en la conservación de la diversidad biológica.
IMPORTANTE
Cabe resaltar que, para poder solicitar el reconocimiento de un ACP sobre un predio, es necesario que la propiedad del área se encuentre validada por un título de propiedad inscrito en los Registros Públicos y que esté debidamente saneado.
Actualmente se cuenta con 147 Áreas de Protección Privada (ACP).
En los últimos años este instrumento de conservación privada ha venido cobrando mayor importancia, pues son cada vez más personas, comunidades, organizaciones no gubernamentales y empresas las que apuestan por contribuir a la conservación de la diversidad biológica de nuestro país y a conectar los grandes fragmentos de ecosistemas naturales.
Áreas de Conservación Privada, un movimiento de conservación voluntaria de la sociedad civil